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Tuesday, November 8, 2016

Paneles solares en hogares: Chubut le sacó tres años de ventaja a Nación


EN LA PROVINCIA ESTÁ VIGENTE LA LEY XVII Nº 107 DESDE 2013


El Gobierno nacional quiere que los hogares puedan vender electricidad a la red. Quiere tener la ley que lo habilite antes de fin de año. Promoverá la inversión con créditos para la instalación de paneles solares en las viviendas. Para 2017 quiere ponerlo en práctica.
Increíblemente, Chubut ya posee una Ley de estas características desde hace tres años, sin embargo por desconocimiento o inoperancia de los ex administradores de lo público no fue advertido.
Concretamente el 19 de septiembre de 2013, se sancionó en la honorable Legislatura del Chubut la Ley XVII Nº 107 que consta de nueve artículos, incluso el que “invita a los Municipios del Chubut a adherir a la misma”. (Ver http://www.chubut.gov.ar/portal/medios/uploads/boletin/Octubre%2011,%202013.pdf )
Por esta norma que está en vigencia, y fue publicada en el Boletín Oficial Nº 11814 del 11 de Octubre de 2013, en la Página 3, explica que un consumidor de energía eléctrica puede pasar a ser un productor desde su propio hogar en Chubut, sin necesidad de esperar la “idea nacional”. Este fin de semana, el diario La Nación publicó un trabajo del periodista Pablo Fernández Blanco, que replicaron otros medios de la provincia, sin alertar tal vez que hace más de tres años Chubut ya fue pionera en la materia.
En el informe se detalla el plan para que los hogares puedan abastecer de electricidad a la red, y la gestión de Mauricio Macri cree que podría concretarlo en un período relativamente corto.
“Para muchos puede parecer una quimera, pero el cronograma oficial indica que el plan se pondrá en marcha el año próximo. Hay motivos que sostienen esa predicción. Por ejemplo, de manera silenciosa la figura del productor-consumidor comenzó a proliferar en algunas provincias, como Santa Fe”, dice el diario porteño.

La Ley en vigencia

Según la norma sancionada que lleva la rúbrica del doctor Héctor Trotta como vicepresidente 1º de la Legislatura Provincial y del licenciado Edgardo Alberti como secretario legislativo, en su Artículo 1°, fija “La presente Ley tiene por objeto establecer las condiciones generales para el acceso de la generación eléctrica a partir de fuentes renovables sin fines comerciales a los sistemas de distribución eléctrica en el territorio provincial, y el sistema de compensación eléctrica de los mismos”.
En el Artículo 2° “Autorízase a los usuarios finales que utilicen energías de fuentes renovables para generar energía eléctrica, con la potencia máxima instalada que se determine en la reglamentación de la presente Ley, a inyectar la energía generada por tales medios a la red de distribución a partir de los respectivos empalmes, para su posterior consumo. Este usuario final será denominado `autogenerador renovable´”.
Y agrega: “A los efectos de la aplicación de la presente Ley serán consideradas energías renovables todas aquellas comprendidas en el artículo 3o de la LEY XVII N° 95”.
Sigue en el Artículo 3° especificando que “La energía eléctrica activa inyectada por un autogenerador renovable conforme el artículo anterior será posteriormente compensada por el consumo de energía eléctrica activa de ese mismo consumidor en un plazo de hasta treinta y seis (36) meses”.
Además por el Artículo 4° “Facúltase al Poder Ejecutivo a reglamentar la presente Ley estableciendo las condiciones técnicas mínimas de la conexión, las condiciones técnicas que deberá cumplir el equipamiento requerido para llevar adelante las inyecciones referidas en el artículo 2° de la presente, el mecanismo para la determinación de los costos de las adecuaciones que se deban realizar a la red eléctrica, las actividades de mantenimiento e intervención de la misma, las capacidades máximas a instalar, los límites de inyección máxima que podrá realizar un autogenerador renovable a la red de distribución, la inyección máxima que podrá recibir una red de distribución de usuarios finales conforme la presente Ley, el procedimiento mediante el cual los clientes podrán solicitar a la distribuidora correspondiente la habilitación de la inyección de excedentes y toda otra regulación necesaria a los efectos de conferir operatividad a la presente Ley.
Las inyecciones máximas autorizadas deberán definirse siguiendo criterios de seguridad operacional y de configuración de la red de distribución”, y así continúa disponiendo la modalidad de implementación de esto que ahora propone Nación.

Aranguren está aprendiendo

Con bombos y platillos sin embargo, bastante tiempo después, el gobierno de Cambiemos anuncia esta alternativa como una de las grandes soluciones para ayudar a paliar el déficit energético nacional. “El objetivo del Ministerio de Energía, a cargo de Juan José Aranguren, es tentar a los consumidores para que instalen en los techos de sus viviendas paneles solares que permitan tomar la radiación del sol para convertirla en electricidad, algo que podría aplicarse en casas y viviendas de propiedad horizontal (PH)”.
Dicen además que para aquéllos que en sus hogares instalen paneles solares para vender energía a la red, habrá dos beneficios inmediatos “como producirán parte de la energía que utilizan (habitualmente las instalaciones no alcanzan para cubrir todas sus necesidades), se les achicará la factura que reciben de las distribuidoras, como Edenor y Edesur”, explica. En Chubut, pasarían a cumplir ese rol las cooperativas de servicios públicos.
Además, en los períodos que no usen la energía especulan, (cuando se van de vacaciones, por ejemplo) tendrán una pequeña producción excedente, que se les remunerará de una manera que aún no está definida. En otros términos “funcionarán como inversores que harán un desembolso inicial y tendrán un ahorro y un ingreso en base al capital que pusieron”, reprodujeron entusiastas algunos medios.

Nación irá por su Ley

Por ahora Nación intenta avanzar con algo que en nuestra Provincia ya existe, sólo faltó la iniciativa, la decisión política, el financiamiento y la difusión correcta para su implementación. El proyecto legal del futuro desarrollo energético para los hogares todo el país por lo pronto, ya está en el Congreso.
Es increíble además que la “idea” nacional, provenga de un militante “verde”. El diputado nacional Cali Villalonga (Cambiemos), ex titular de Greenpeace en el país, que fue quien presentó ahora el proyecto. Dicen que hace unas semanas atrás, Kind le mandó una carta al presidente de ese cuerpo para pedirle que acelere su tratamiento. Se trata nada menos que del ex ministro de Planificación, Julio De Vido.
“La ley permitirá que sea legal la generación distribuida, que puedas tener paneles solares en la terraza. Desde que esté reglamentada la ley, las casas podrían vender luz. También habría que contemplar algunos incentivos para que eso pase, hay varias alternativas”, sostuvo Kind, quien no quiso dar más precisiones sobre los planes oficiales (léase incentivos).
Las alternativas, de todas maneras, se pueden resumir: es probable que contemplen financiamiento especial para esa clase de proyectos y una conveniencia económica para quien haga la inversión. De todos modos, la cosa no es barata para cualquier vecino. Se estima que para abastecer el consumo promedio de una vivienda en la Capital y el Conurbano bonaerense sin el uso del aire acondicionado se necesita un equipo de paneles solares de 1500 vatios nominales. Eso generará un promedio de 6000 watts hora/día, pero el costo del sistema será de unos US$ 4500, es decir, casi $ 70.000.

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